Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
II.5.
II.5. Por Resolución 896/2004, de 6 de diciembre, el Juez demandado dispuso que al no existir imputación formal u otro requerimiento, se notifique a la Fiscal recurrida a fin de que cumpla con las normas procesales en el plazo de cinco días a contar de su notificación (fs. 122). En su informe, el Juzgador recurrido expresó que rechazó la petición de entrega de los niños solicitada por la actora por no tener competencia (fs. 140).