SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0939/2005-R
Fecha: 12-Ago-2005
procedente
La Resolución de 8 de diciembre de 2004 (fs. 141 a 142 vta.), declaró procedente el recurso y dispuso que el Juez recurrido ordene la entrega inmediata de los niños a la madre, por parte del Julio Alberto Prado Suárez, sin costas por ser excusable. Este fallo tiene los siguientes fundamentos: a) la recurrente y el recurrido Julio Alberto Prado Suárez sostienen una demanda de divorcio ante la Corte de Maryland de Estados Unidos, dentro de la que los hijos están en poder de la madre; b) ante la denuncia presentada por Julio Alberto Prado Suárez en sentido de que sus hijos fueron secuestrados del Estado de Maryland, la Fiscal recurrida solicitó al Juez también recurrido orden de allanamiento y requisa de inmueble, con el objeto de recuperar a los nombrados niños; petición que fue atendida por el Juez demandado, quien expidió mandamiento de allanamiento, requisa y secuestro de las evidencias que se encuentren en el inmueble citado, sin disponer la recuperación de los niños, infiriéndose que la Fiscal se extralimitó en las facultades que le concedió el Juez al permitir que los niños sean sacados por su padre, quien no tiene la custodia legal; c) ante el reclamo actual de la madre, corresponde que el juez recurrido como juez de garantías constitucionales, corrigiendo la irregularidad de la Fiscal, ordene la inmediata restitución de los niños a su madre por parte del recurrido Julio Alberto Prado Suárez, en mérito a que uno de ellos es parapléjico y merece atención especializada y permanente, por lo que existe riesgo inminente y daño irreparable con relación a este menor.