Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0943/2005-R
Fecha: 15-Ago-2005
II.4.
II.4. La Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, el 15 de junio de 2004, dio respuesta a las notas enviadas por el Consejo de Vigilancia el 15, 22 de mayo y 8 de junio, respecto a la denuncia contra los directores de la Cooperativa (el recurrente y otro) notas que no cursan en antecedentes, indicando que conforme al art. 3 del DS 24439 de 13 de diciembre de 1996 las cooperativas de ahorro y crédito abiertas se encuentran bajo el régimen de las sociedades de responsabilidad limitada, no siendo aplicable el art. 310 inc. 5) del Ccom aplicables a las sociedades anónimas. (fs. 9).