Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0961/2005-R
Fecha: 18-Ago-2005
II.2..
II.2..Mediante memorial de 13 de abril de 2005 (fs. 15) el hoy representado del recurrente solicitó a los vocales demandados se instruya al Servicio Nacional de Migración para que se levante la orden de arraigo “dispuesta por su autoridad mediante nota de cargo 66/96.” (sic.). Habiendo decretado “traslado” dichos vocales por proveído de 25 de abril de 2005. (fs. 15 vta.)
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2..
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1..
- la nueva normativa legal deroga la conminatoria de apremio y el apremio corporal, por ser una medida de coacción, restrictiva de la libertad personal, no compatible con la persecución del cobro de las obligaciones patrimoniales
- la proscripción de toda medida restrictiva de libertad para el cobro de obligaciones o deudas, establecida en la Ley Nº 1602, constituye la complementación necesaria a la Ley de 19 de diciembre de 1905, que derogó la prisión por deudas civiles,
- al ser el arraigo una medida cautelar restrictiva de la libertad personal
- III.2.