SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0978/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0978/2005-R

Fecha: 18-Ago-2005

III.3.

III.3. En el caso de autos, consta que la autoridad recurrida, antes de que se interponga el recurso de amparo que se revisa, pronunció el Auto de 8 de enero de 2005, que resolvió el incidente de nulidad suscitado por la correcurrente Lilibet Rosa Amurrio de Rodríguez, que dispuso la nulidad de obrados hasta que se proceda a la legal notificación con la Sentencia pronunciada dentro del proceso ejecutivo, -que es lo que los recurrentes pretendían en este recurso-, de manera que sin mayor análisis corresponde dar aplicación al art. 96.2 de la LTC, por haber cesado los efectos del acto ilegal reclamado. Así ha reconocido la jurisprudencia de este Tribunal en las SSCC 033/2002-R, 034/2002/-R, 438/2002-R, 450/2002-R, 622/2002-R, 813/2002-R, entre otras.