AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2005-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2005-ECA

Fecha: 26-Sep-2005

b)

b) Del contenido de la SC 1028/2005-R, se puede establecer que no se llegó a ingresar y deliberar sobre el fondo del recurso, vale decir, sobre los actos ilegales y las omisiones indebidas perpetradas por las autoridades recurridas contra los derechos y garantías constitucionales del Banco Nacional de Bolivia S.A., por lo que en la vía de explicación, complementación y enmienda y a efectos de evitar la perpetración de la violación de sus derechos y garantías constitucionales ilegalmente lesionados, solicita pronunciarse expresamente si la SC 1028/2005-R les inhabilita en la posibilidad de interponer un otro recurso de amparo contra los actos contrarios a la Constitución perpetrados por las autoridades recurridas y/o por el contrario, subsanadas que sean las omisiones extrañadas, la institución bancaria cuenta con derecho y facultad de interponer otro recurso constitucional a efectos de que se reparen los actos ilegales y omisiones indebidas perpetradas por las autoridades recurridas al haber dispuesto injusta e ilegalmente desconociendo la cosa juzgada, la acumulación de un proceso concluido a un fraudulento proceso de concurso preventivos seguido de quiebra a fin de buscar la protección de los derechos lesionados del Banco Nacional de Bolivia S.A. Por lo expuesto, tomando en cuenta que no se ingresó a deliberar sobre el fondo del presente recurso de amparo, solicita se complemente, aclare y enmiende la referida Sentencia Constitucional bajo los argumentos anteriormente expuestos y sea por así corresponder en estricto derecho y justicia.