sin la existencia previa de proceso judicial o administrativo
En consecuencia, el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, “interpuesto” directamente sin la existencia previa de proceso judicial o administrativo, y en consecuencia, sin que se encuentre pendiente ninguna resolución a la que deba aplicarse la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Resolución impugnada, carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique su consideración en el fondo.
- consult
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.3. Resolución de la autoridad administrativa
- II.2.1.
- 3.-
- II.2.2.
- sin la existencia previa de proceso judicial o administrativo
- II.2.3
- el incidentista debe fundamentar adecuadamente su solicitud de que se promueva el incidente de inconstitucionalidad
- II.2.4.
- RECHAZA
