En revisión, la Resolución 006/2005, de 24 de junio, cursante a fs. 65 y vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión, la Resolución 006/2005, de 24 de junio, cursante a fs. 65 y vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del

Fecha: 05-Sep-2005

deniega

La Resolución 006/2005, de 24 de junio, cursante a fs. 65 y vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, deniega el recurso, bajo el fundamento que los funcionarios policiales recurridos actuaron dentro del alcance de lo previsto por los arts. 174, 180, 225,  293, 295 y 298 del CPP, por lo que no existió ninguna violación al derecho a la libertad de la recurrente; además que la misma al presente estaba en libertad sin ser sometida a ningún acto de hostigamiento o persecución que de algún modo afecte sus derechos constitucionales.