SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1041/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
Fragmento 3
Ana Cañizares Ortiz, Jueza del Tribunal de Sustancias Controladas, presentó el informe escrito de fs. 4 a 5, señalando que en el fenecido proceso penal, el recurrente fue condenado a la pena de cinco años y cuatro meses de reclusión en la centro de rehabilitación “Santa Cruz”, por la comisión del delito de tentativa de tráfico de sustancias controladas, habiendo salido con libertad de extramuro el 29 de febrero de 2000, cumpliendo con su presentación al Juzgado Primero de Ejecución Penal sólo hasta el 24 de mayo del mismo año; asimismo incumplió con la condición impuesta en el inciso a) de la Resolución D.G.R.P. 017/000, que le obligaba a presentarse todas las noches para guardar reclusión nocturna, de ese modo circulaba libremente por la ciudad de Cochabamba, como si tuviera el beneficio de libertad irrestricta. En virtud al incumplimiento del condenado de las condiciones de la Resolución que le otorgó el extramuro libraron el mandamiento de cumplimiento de condena. Solicito que el recurso sea declarado improcedente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , sino en los casos y según las formas establecidas por Ley,
- controlar la ejecución de las sentencias, sustanciar y resolver la libertad condicional y todos los incidentes que se produjeran durante la etapa de ejecución
- 1.-
- III.3.
- APROBAR