SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1061/2005-R

Fecha: 05-Sep-2005

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Las autoridades demandadas a través de su abogado informaron que el recurrente fue procesado con el antiguo reglamento y sometido a la justicia ordinaria en el marco de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (L1008) por la fuga de un interno, razón por la cual al haber sido imputado con un Auto de procesamiento se determinó su retiro indefinido hasta que se pruebe su culpabilidad o inocencia ante la autoridad jurisdiccional.

El recurrente después de haber obtenido una Sentencia absolutoria y no de inocencia, solicitó su reincorporación siendo rechazada por Tribunal Disciplinario motivando la presentación de un recurso de amparo constitucional cuyo Tribunal dispuso su reincorporación, orden que fue cumplida por el Comandante General de la Policía, sin embargo, el recurso en revisión fue declarado improcedente, incurriendo el Tribunal Constitucional en una inadecuada interpretación al aconsejar que el recurso debió ser dirigido al Tribunal Disciplinario cuando es el Comandante General de la Policía Nacional la autoridad competente para disponer la baja de los funcionarios policiales, lo que implica que el actor pretende repetir nuevamente el recurso de amparo. Por último, aclararon que el actual Reglamento de Disciplina y Sanciones recién se puso en vigencia en febrero de 2004, solicitando en definitiva la improcedencia del recurso.

Isaac Pimentel Rosas, en su condición de Presidente a.i. del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional, señaló que el citado Tribunal no reincorpora a los policías que hayan cumplido una determinada sanción o piden su reincorporación, lo único que hace en función al proceso y a las sentencias cumplidas, es emitir una Resolución de habilitación para que en función a ese documento, el interesado tramite ante el Comando General la emisión de la respectiva Resolución y hoja de recomendación para que el Estado Mayor ordene la reincorporación.