Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1063/2005-R
Fecha: 05-Sep-2005
II.1.
II.1. Por escritura pública de 20 de septiembre de 2003, Jesús Valle Antezana, Marcos Montaño Laura, Rosmery Lamia Valle Aparicio, Amelia Valle Antezana, René Condori Portillo, Virginia Mamani Arce, Eulogio Condori Quino y David Valle Aparicio, constituyeron un asociación accidental, Microempresa temporal, con la razón social de “Puerta del Beni”, cuyo objetivo era la ejecución de obras de mantenimiento de caminos, en la cual participan con su trabajo todos los asociados, según expresa la cláusula segunda (fs. 1 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- implica el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, lo que importa a su vez el derecho a la defensa,
- III.3.
- APROBAR