SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1091/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1091/2005-R

Fecha: 12-Sep-2005

II.10.

II.10.   Por informe legal ULZER 12/05 de 20 de enero, la Unidad legal de la Aduana Nacional, llegó a las siguientes conclusiones y recomendaciones: “1.- No corresponde dar curso a los trámites que no cuenten con la CERTIFICACION  DE DIPROVE que acredite que no existe denuncia de robo. 2.- Evacuar informe técnico en el que se establezca el motivo puntual de por qué este trámite no se concluyó en el plazo establecido para que así la Gerencia pueda considerar la solicitud de prosecución del presente trámite” (sic)