SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el memorial presentado el 21 de febrero de 2005 (fs. 51 a 55 vta.), expresa que el 30 de junio de 2004, cuando se disponía a viajar a Buenos Aires, sorpresivamente fue detenido por agentes de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), porque “supuestamente estaba transportando sustancias controladas en una maleta”, llevándose a cabo la audiencia de medidas cautelares al día siguiente en el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal, donde se ordenó su detención preventiva, habiéndose apersonado ante la Fiscal recurrida el 16 de septiembre de 2004, solicitándole la devolución de sus documentos personales, consistentes en su pasaporte, pero lamentablemente no se dio ninguna razón a su petitorio, no siendo habida la autoridad en varias oportunidades, obstruyendo de esa forma su pretensión de recuperar sus documentos y asumir su defensa, enviándole de una oficina a otra.
Señala que el 6 de noviembre de 2004, solicitó al Juez Cautelar que previno el conocimiento de la causa, ordene a la representante del Ministerio Público le extienda fotocopias legalizadas del cuadernillo de investigaciones, así como la devolución de sus documentos personales, autoridad judicial que por proveído del mismo día dispuso que la Fiscal recurrida entregue lo solicitado y devuelva los documentos de conformidad al art. 189 del Código de procedimiento penal (CPP), reiterando su petición el 9 de noviembre de 2004, por lo que el 11 del mismo mes y año, el Juez volvió a ordenar dicha devolución, sin que hasta la fecha haya obtenido respuesta favorable, habiendo la Fiscal el 30 de diciembre de 2004 presentado un memorial al Juzgado aduciendo que recibió informe del asignado al caso sobre la pérdida del cuadernillo de investigaciones, pero extrañamente el mismo día por otro escrito solicitó la ampliación de la imputación formal.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- subsidiaria
- III.2.
- juez o tribunal, para el cumplimiento de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones dispondrán la intervención de la fuerza pública y las medidas que sean necesarias