Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.3.
II.3. Por memorial de 16 de septiembre de 2004, el actor impetró a la representante del Ministerio Público la devolución de sus documentos personales, a lo que la Fiscal recurrida providenció en 18 de septiembre de ese año, indicando que especifique las normas legales en las que se ampara para solicitar la devolución (fs. 58 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- subsidiaria
- III.2.
- juez o tribunal, para el cumplimiento de los actos que ordenen en el ejercicio de sus funciones dispondrán la intervención de la fuerza pública y las medidas que sean necesarias