Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1116/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
1)
El recurrente ratificó y reiteró los términos de su demanda, agregando que: 1) no está solicitando el pago de beneficios sociales sino la restitución a su cargo por haber sido despedido sin previo proceso legal; 2) en anteriores ocasiones la cooperativa ha seguido procesos internos contra funcionarios de manera que es discriminatorio que en su caso no se proceda de esa forma; 3) se debe calificar los daños y perjuicios ocasionados no solamente por haberlo privado ilegalmente de su fuente de trabajo, sino por haber mellado su dignidad de profesional y de su familia.