Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1116/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
II.1.
A través del memorando de 12 de julio (fs 184), el Presidente del Consejo de Administración comunicó al actor que esa instancia decidió ratificarle en el cargo, para lo que mediante contrato de trabajo de 15 de agosto de 2004 (fs. 400 a 402 vta.), la cooperativa contrató sus servicios para que se desempeñe como Gerente General, por tiempo indefinido a partir del 13 de julio de 2004.