SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1134/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1134/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 5 de agosto de 2005, cursante a fs. 4 y vta., el recurrente asevera que el 15 de julio de 2005, el Fiscal demandado convocó a una audiencia de careo entre su persona, su hermano y su esposa, en un caso de aborto que sufrió su cónyuge por razones netamente familiares y por el exceso de consumo de bebidas alcohólicas. A dicha actuación no concurrió debido a que no fue citado personalmente, razón por la cual la autoridad recurrida dispuso su aprehensión.

Enterado de esos antecedentes, presentó dos memoriales haciendo conocer al Fiscal demandado que no se le podía obligar a un careo al ser un acto voluntario, solicitando la extensión de fotocopias de la investigación, así como la suspensión de los mandamientos de aprehensión librados en su contra, petición que no mereció ningún pronunciamiento, pues la autoridad Fiscal  dispuso únicamente estarse a los datos del proceso o a los antecedentes del caso.

El 5 de agosto de 2005 nuevamente fue comunicado que había una audiencia de careo, oportunidad en la cual, el Fiscal  recurrido sin fundamento legal alguno dispuso verbalmente su detención permaneciendo privado de libertad por más de una hora en la Policía Técnica Judicial (PTJ), hasta que consiguió su libertad por las explicaciones dadas por su defensor; sin embargo, el mandamiento de aprehensión sigue vigente temiendo un hostigamiento al haber sido amenazado por el Fiscal, por lo que interpone el presente recuso.