SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1149/2005-R

Fecha: 19-Sep-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 21 de enero de 2005 (fs. 12 y 13), la recurrente manifiesta que en fecha 10 de enero de 2003 suscribió un contrato de arrendamiento de una tienda, por el canon mensual de $us300.-, con la Asociación de Jubilados Ferroviarios y Ramas Anexas, representada por Armando Ortiz Pozo, la misma que se encuentra ubicada en la av. 6 de octubre esquina Junín, donde instaló el “Restaurante Pub - Caramelo”.

El 15 de noviembre de 2004, estando en plena vigencia el contrato, y sin que exista una disposición legal, el señor Armando Ortiz Pozo ingresó en los ambientes señalados violentando candados de la puerta de acceso al local, luego dispuso el retiro de sus bienes muebles. Refiere la recurrente que con dicho acto se le ha privado de ejercer su derecho al trabajo y de llevar el sustento a su familia, puesto que se trataba de la única actividad que desarrollaba.