SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1163/2005-R

Fecha: 26-Sep-2005

II.4.

II.4.  Mediante decreto de 27 de octubre de 2004, notificado al recurrente el 2 de noviembre de 2004, el Gerente Regional a.i. de la Aduana Cochabamba dispuso “Estése a lo dispuesto en el art. 60 del Reglamento al Código Tributario que dice: “(…) no será necesaria la presentación de autorizaciones previas, con excepción de mercancías que constituyen sustancias controladas reguladas por la Ley 1008 y tratándose de mercancías que requieren certificados sanitarios…”, y “sin perjuicio de lo solicitado, cite previamente la base legal para la anulación” (fs. 30 del Anexo).