SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
II.3.
II.3. El 15 de enero de 2005 se celebró la sesión ordinaria del Concejo Municipal de Capinota, con la participación de los concejales Abel Guzmán, Pedro Ledezma, Pastor Salas y Valeriana Colque, en la que además se mocionaron nombres para la conformación de Comisiones, entre ellas, la Económica (fs. 28 a 30). El 22 de enero de 2005, se efectuó sesión ordinaria del citado Concejo en la que se señaló que el recurrente no había presentado solicitud de habilitación y en consecuencia no podía participar de la sesión al no estar legalmente habilitado, efectuándose luego una votación para permitir o no la habilitación, existiendo mayoría de voto por el no, por lo que el recurrente se retiró de la sala de sesiones (fs. 31 a 34).