Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2005-R
Fecha: 29-Sep-2005
II.2.
II.2. Por carta de 10 de enero de 2005 (fs. 127 y 128), la fórmula “Forjadores de la Nueva Imagen Policial” (FNIP), a la cabeza de los hoy recurrentes, solicitó al Comité Electoral su inscripción para participar en las elecciones. A través de la Resolución 02/2005 (fs. 129 y 130), el Comité Electoral dispuso que los frentes allí señalados, entre los que se encuentra FNIP, subsanen las observaciones indicadas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho.
- se haya exigido la respuesta
- III.2.
- APRUEBA