Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2006-RCA
Fecha: 30-Ene-2006
revisión
En revisión la Resolución 04/2005, de 14 de diciembre, cursante a fs. 58, pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Ronant Monje Cabrera contra Martha Jarsún de Oxa, Verónica Basaure de Pozo y Andrés Mamani, por haber vulnerado sus derechos y garantías a la seguridad jurídica y debido proceso previstos en los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- 1.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 8
- III.1.1. Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- III.1.3. Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- a) Exposición con precisión y claridad de los hechos.-
- b) Precisión de los derechos o garantías que considera restringidos, suprimidos o amenazados, las normas constitucionales y/o legales
- II.4.
- REVOCAR el rechazo