AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0043/2006-CA

Fecha: 30-Ene-2006

normas jurídicas de alcance general

De lo expuesto, se infiere que el control de constitucionalidad sólo recae sobre las disposiciones legales que tengan como contenido material normas jurídicas de alcance general; de lo contrario, no sería posible realizar un test de constitucionalidad. Lo que significa que una Resolución emanada de autoridad pública competente para resolver un caso concreto no forma parte de las disposiciones legales objeto del control de constitucionalidad, y por consiguiente, no puede ser impugnada mediante el recurso directo de inconstitucionalidad.