Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2006
Fecha: 25-Ene-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia que el recurrido Eduardo Rodríguez Veltzé, Presidente Constitucional de la República de Bolivia y los miembros de su Gabinete emitieron sin competencia el DS 28380, de 5 de octubre de 2005, arrogándose atribuciones de la Superintendencia de Hidrocarburos, del Poder Legislativo y de los municipios, viciando sus actos de nulidad. En consecuencia, corresponde analizar si la autoridad demandada tiene legitimación pasiva para ser demandado para en su caso recién determinar si incurrió o no en los presupuestos establecidos en la norma de los arts. 31 de la CPE y 79 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- debe estar necesaria e inexcusablemente dirigido contra la autoridad o autoridades que sin competencia, o sin jurisdicción, pronunciaron la resolución o realizaron el acto cuya nulidad se pretende.
- III.2.