SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

III.2.

III.2. En el caso examinado, se evidencia que Celestino Gutiérrez Gutiérrez, es propietario del inmueble sito en calle Cornelio Saavedra, estando el mismo administrado por el recurrente; derecho propietario que se halla acreditado a través del testimonio de la escritura pública, habiendo sido destinado dicho inmueble al funcionamiento de un hostal y karaoke, según certificados inherentes a la licencia de funcionamiento, expedidos por el Alcalde Municipal y el Oficial Mayor Administrativo y Financiero del Gobierno Municipal de Villazón, así como del Servicio de Impuestos Nacionales referente a la obtención del NIT, cuyos documentos coinciden con la dirección y número donde funciona el local y hostal y al que hacen referencia los recurrentes en la demanda y el Juez de garantías al emitir la resolución correspondiente.

Ahora bien, de la documentación acompañada se evidencia que dicho inmueble fue clausurado, hecho constatado a través de las fotografías adjuntadas al expediente, existiendo los precintos donde se lee “clausurado”, consignando la primera fotografía la fecha 14 de mayo de 2005 y el nombre de José Luis Titirico, más una firma, rezando al pie de la misma  “responsable clausuras”.