SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2006-R

Fecha: 11-Ene-2006

III.5

III.5    Finalmente, es imperioso en la presente problemática señalar que lo informado por el supuesto Director ad ínterin de la Policía de Llallagua, en sentido de que el Director recurrido no se encontraba ejerciendo sus funciones por encontrarse en la ciudad de Potosí desde el 7 de julio de 2005, no responde a las pruebas que él mismo aportó como descargo, pues de ellas se establece de forma clara y contundente que el recurrido, sí estuvo ejerciendo sus funciones a la fecha en que los representados de la recurrente fueron arrestados, ya que el informe de 12 de julio de 2005, que cursa a fs. 6 del expediente, está dirigido al recurrido por una parte; por otra, luego de la firma de los policías que realizaron el arresto, consta un proveído del día siguiente 13, a cuyo pie cursa la firma del recurrido, su nombre y su cargo; consiguientemente, el recurso ha sido dirigido correctamente contra su persona.