SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2006-R
Fecha: 11-Ene-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a su derecho a la libertad de locomoción, consagrado en el art. 7 inc. g) de la CPE, denunciando que ha sido vulnerado por la autoridad recurrida, puesto que su persona fue incluida por Auto Inicial de Instrucción dentro del proceso penal seguido por la Alcaldía Municipal de La Paz contra Germán Monroy y otros, luego de lo cual cumplió con todos los actuados procesales previstos por el Código de procedimiento penal de 1972; sin embargo, de ello, le aplicaron medidas cautelares en forma ilegal, puesto que se ordenó dos arraigos contra su persona por la misma causa, y al existir en la actualidad razones personales que le obligan ahora a viajar a la ciudad de Santiago en Chile, solicitó al Juez recurrido su desarraigo temporal; empero, dicha autoridad a través de un simple decreto denegó su solicitud declarándola “impertinente”; sin observar las irregularidades que fueron cometidas al ordenarse los arraigos. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.