SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0051/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0051/2006-R

Fecha: 18-Ene-2006

III.1.

III.1. En cuanto al primer aspecto demandado circunscrito al hecho de la falta de         notificación con el decreto de 30 de abril de 2005 que rechazó el incidente       interpuesto por la recurrente dirigido a evitar el desapoderamiento,            anomalía procedimental, que a decir de la actora, viola el derecho de                                    defensa, toda vez que le impidió hacer uso del recurso de apelación, sin                          esperar la ejecutoria de la antedicha providencia, siendo por ende el                                    mandamiento de desapoderamiento ordenado ilegal y arbitrario,  corresponde señalar que si bien de los datos procesales que informan el caso se evidencia que en obrados no existe diligencia alguna sobre la notificación extrañada, sin embargo, no es menos cierto que conforme a lo aseverado por el referido Tribunal de amparo en la audiencia, no desvirtuado por el abogado de la recurrente, contra el decreto que rechazó el incidente, interpuso recurso de apelación, encontrándose en trámite, circunstancia que demuestra que tomó conocimiento material del referido proveído, muestra de ello es que apeló de la determinación, encontrándose en el momento de la interposición de este recurso pendiente de resolución.

En ese entendido, si bien no existe en obrados actuado procesal donde esté asentada la notificación extrañada, la actora tomó conocimiento real y    efectivo de la determinación, sin que pueda alegar indefensión y por lo tanto una afectación a su derecho a la defensa, prueba de ello es que interpuso alzada contra la Resolución de la Jueza a quo, estando con ello desvirtuado el primer aspecto cuestionado.