SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2006-R
Fecha: 18-Ene-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 18 de agosto de 2005 (fs. 1 a 6 vta.), los recurrentes aducen que contra su mandante presentó acusación formal el fiscal Félix Peralta, por la supuesta comisión del delito de tentativa de homicidio; a su vez, Rubén Vargas Arias formuló acusación particular por el mismo delito, habiendo el Tribunal Quinto de Sentencia pronunciado el Auto de apertura de juicio el 19 de julio de 2004, con el que no se notificó al imputado en forma personal, como lo manda el art. 163 del Código de procedimiento penal (CPP) sino mediante cédula en el domicilio procesal, no obstante esa anormalidad los jueces recurridos pronunciaron la Sentencia 23/2004, de 15 de octubre y en la audiencia de lectura integral de la misma se incurrió en actividad procesal defectuosa al conculcarse la previsión del art. 371 inc. 7) del CPP al no haberse dado lectura total ni parcial del acta de registro de juicio, menos se constató la incomparecencia del procesado a dicho actuado.
Por otra parte, denuncian también que en el juicio su representado ofreció prueba de descargo, entre ellas prueba pericial, ofreciendo como perito al Director del Laboratorio Criminalístico, especialista en balística Gary Omonte, quien fue admitido por providencia de 16 de octubre de 2004 habiendo prestado su juramento correspondiente, contra el referido perito la acusación particular formuló exclusión probatoria, una vez corrido el traslado de ley el Presidente del Tribunal declaró no haber lugar al incidente, sin fundamentar menos dictar auto motivado para tal fin, de modo que no se sabía si se admitía o no al perito y sólo se señaló que se lo llamaría en su momento, hecho inadmisible pues el Tribunal tenía la obligación jurídica de resolver el incidente planteado en forma fundamentada; posteriormente tampoco se convocó al perito lesionando su derecho a la defensa, al ser esa declaración fundamental para establecer la participación del imputado en el hecho que se le endilga.