SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0058/2006-R

Fecha: 18-Ene-2006

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela a sus derechos a la defensa, a la libertad física y a la garantía del debido proceso, consagrados por los arts. 6.II, 16.II y IV de la CPE, denunciando que han sido vulnerados por la autoridad recurrida, puesto que fue detenido por efectivos de la FELCN bajo el supuesto de estar trasportando sustancias controladas, momento desde el cual se produjeron varias irregularidades, toda vez que no se le hicieron conocer sus derechos fundamentales, no se le asignó intérprete en el único idioma que entiende que es su lengua materna el rumano, no se le asignó un abogado de defensa pública, llevándolo a una audiencia de medidas cautelares en la que el Juez recurrido dispuso su detención preventiva, sin que su persona entienda la imputación en su contra, tampoco en dicha audiencia se le designó un intérprete dejándolo en un total estado de indefensión, por lo que planteó ante el Juez recurrido incidente de actividad procesal defectuosa por defecto absoluto y excepción de falta de acción, que en audiencia de 12 de noviembre de 2005 fueron declarados improbados, sin considerarse la prueba aportada que acredita que no habla, entiende ni comprende el idioma español, por lo expuesto se ha viciado de nulidad absoluta el procedimiento, constituyéndose su detención en ilegal por defecto absoluto no susceptible de convalidación. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.