SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2006-R

Fecha: 18-Ene-2006

i)

Con la dúplica señalaron que: i) el actor no realizó ningún reclamo respecto de la rebeldía y al final queda como cosa juzgada; ii) el recurrente ha aceptado expresamente todo aquello que se dio a partir del Auto de Vista y conforme al Código de procedimiento civil sino se reclamó el agravio, prácticamente el recurso de amparo es improcedente; c) la pretensión del recurrente es buscar la nulidad del Auto de Vista; sin embargo, el proceso se encuentra en liquidación, toda vez que la Policía tiene un nuevo Reglamento con la implantación de procesos orales en la vía disciplinaria, por ello se acompaña la Resolución Administrativa que establece procedimientos para que el procesado pueda prestar su declaración confesoria y en el mismo día se debe producir la prueba hasta concluir el proceso.