SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

III.3.

III.3. De los antecedentes que informan el expediente, se constata que el Juez recurrido, dentro del procedimiento abreviado adoptado en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, pronunció Sentencia condenándolo a sufrir la pena privativa de libertad de dos años, y en el mismo fallo, al amparo del art. 368 del CPP, le concedió el perdón judicial; no obstante, en lugar de disponer la libertad y librar inmediatamente el mandamiento de libertad para hacer efectivo el beneficio concedido, dispuso que una vez ejecutoriada la Sentencia, recién, se emita el respectivo mandamiento postergando arbitrariamente el ejercicio de plena libertad del ahora recurrente; por lo que corresponde otorgarle la tutela impetrada. En ese mismo sentido, la SC 1614/2005-R antes citada, estableció en un caso similar que: “la Jueza recurrida no libró inmediatamente el mandamiento de libertad para hacer efectivo el beneficio concedido como correspondía a partir de una interpretación desde y conforme la Constitución, sino que, en principio condicionó indebidamente su emisión ante la posibilidad de que se presente recurso de apelación, a la ejecutoria de la Sentencia…”.