AUTO CONSTITUCIONAL 295/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 295/2006-RCA

Fecha: 05-Oct-2006

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 2 de febrero de 2006, cursante de fs. 15 a 17 vta., el recurrente señala que mediante contrato a plazo fijo 16/2005, de 1 de marzo, fue contratado por el SEDCAM para desempeñar la función de Auxiliar mobiliario; sin embargo, mediante memorando SDC/PER/MEMO 196/2005, de 5 de diciembre de 2005, fue suspendido de sus funciones sin goce de haberes "hasta que se emita Resolución por parte de la Jueza Sumariante por unos faltantes emitidos en el Informe legal SEDCAM/LEGAL/COM/114/2005" (sic), otorgándole diez días para presentar las prueba de descargo, sin que el referido informe, base del proceso iniciado en su contra, hubiese sido puesto en su conocimiento conforme la disposición contenida en el art. 22 del DS 26237 de 29 de junio de 2001, ya que en los procesos internos, los servidores públicos necesariamente deben ser notificados al inicio, lo que no ocurrió en el presente caso, por lo que se lo dejó en estado de indefensión.

Agrega que, a través del memorial de 15 de diciembre de 2005, a objeto de asumir defensa, solicitó notificación con dicho informe sin haber recibido respuesta, por lo que cuando se apersonó a la institución el 19 de diciembre, para conocer el proveído que mereció, fue sorprendido y notificado con el Auto Final del proceso de 27 de octubre de “2004” (sic), a horas 16:40, diligencia de notificación que resulta ser nula por hallarse fuera del horario de trabajo fijado a las 16:30 y no indicar el actuado con el que se lo notificó; de igual forma en la misma fecha y hora se le entregó el memorando de agradecimiento de servicios, sin darle la opción a impugnar dicho Auto, dejando que el mismo quede ejecutoriado, vale decir que de haber sido notificado legalmente pudo interponer el recurso de revocatoria y jerárquico, y no permitir que le entreguen dicho memorando.

Concluye indicando que, el 10 de enero de 2006, presentó un memorial ante el Director del SEDCAM pidiendo se deje sin efecto el Auto de 27 de octubre de “2004” y la nulidad de obrados por falta de notificación con el informe SEDCAM/LEGAL/COM/114/2005 con la finalidad de ser notificado y asumir defensa, sin que hasta la fecha se le entregara ninguna respuesta; empero, cuando se apersona a las oficinas del SEDCAM a preguntar sobre su solicitud recibe amenazas de inicio de nuevos procesos y trato despectivo como si fuera un delincuente, por lo que interpone el presente recurso “… contra el Auto Final del proceso de 27 de octubre de 2004, debiendo conforme a procedimiento notificársele con el informe legal” (sic) referido, “… se (le) otorgue el plazo y oportunidad para defenderse conforme a ley”(…), debiendo restituírsele a su fuente laboral en tanto se pruebe su culpabilidad, conforme al art. 16.I de la CPE.