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    AUTO CONSTITUCIONAL 295/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 295/2006-RCA

    Fecha: 05-Oct-2006

    rechazó

    Por Resolución de 4 de febrero de 2006, cursante a fs. 19, el Tribunal de amparo, Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, rechazó el recurso, con el argumento que al no haber planteado los recursos de revocatoria y jerárquico, el recurrente no agotó las vías o medios de impugnación otorgados por ley.

    • amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • rechazó
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
    • II.1.
    • previamente agote los medíos ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • no utilizó el medio de defensa legal previsto en el ordenamiento jurídico para este tipo de casos
    • APROBAR

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