AUTO CONSTITUCIONAL 314/2006-RCA
Fecha: 18-Oct-2006
I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Los recurrentes señalan que en 1998 se creo el Programa de Reforma Institucional iniciándose este proceso en el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes a principios de 2002, sometiéndose sus mandantes a las pruebas y entrevistas en forma satisfactoria, por lo que éstos fueron designados como titulares en los cargos jerárquicos, profesionales y técnicos del Ministerio, incorporándolos a la carrera administrativa, habiendo sido posesionados el 1 de julio de 2002, prestando servicio en forma eficiente y diligente, por lo que fueron todos ellos confirmados; sin embargo, el Ministro de Educación, el 30 de marzo de 2006, entregó memorandos a todos sus mandantes, prescindiendo de la relación laboral, basando su decisión únicamente en la RA SSC 007/2006, de 15 de febrero, emitido por el Superintendente del Servicio Civil, que en su parte Resolutiva determinó invalidar el proceso de Selección, representando dicha Resolución ante la autoridad aludida y el Ministro de Educación sin que este último se hubiera pronunciado al respecto, resultando gravemente perjudicados al pretender desconocer el proceso de institucionalización atentando sus derechos al trabajo y seguridad jurídica por lo que recurren de amparo. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 2. declaren la improcedencia del amparo constitucional , por alguno de los supuestos de inactivación establecidos en el art. 96 de la LTC
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de procedencia
- II.3.
- APRUEBA