AUTO CONSTITUCIONAL 314/2006-RCA
Fecha: 18-Oct-2006
revisión
En revisión la Resolución de 22 de mayo de 2006, cursante a fs. 122 y vta., pronunciada por la Sala Social Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Karlo Brito Pozo, Osmar Delmar Oña Quenta, Víctor Hugo Vargas Linares en representación legal de Hugo Ernesto Rivera Mérida, Jeannette Inchauste Ramos y otros, funcionarios del Ministerio de Educación contra Reynaldo Irigoyen, Superintendente del Servicio Civil y Félix Patzi Paco, Ministro de Educación y Culturas; por la supuesta vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y a una remuneración justa, previstos en los arts. 7 incs. a), d) y j) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedente in límine
- I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 2. declaren la improcedencia del amparo constitucional , por alguno de los supuestos de inactivación establecidos en el art. 96 de la LTC
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de procedencia
- II.3.
- APRUEBA