AUTO CONSTITUCIONAL 341/2006-RCA
Fecha: 30-Oct-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente señala que el Banco Unión S.A., inició una demanda ejecutiva en contra de sus padres Oscar Ecos y Sonia Torrico, logrando el ilegal remate de dos lotes contiguos de su propiedad y que al haber otorgado sus padres poder a Edward Anthony Burke Pommier, el Juez de forma voluntaria se excuso de conocer el proceso ejecutivo, hasta que el 18 de octubre de 2005, se ordenó la devolución del proceso ante el juzgado del Juez recurrido, que volvió a reasumir el conocimiento de la causa, sin tener competencia alguna para ello; asimismo, refiere que interpuso tercería de dominio excluyente, demostrando su derecho propietario sobre varios departamentos y locales del edificio rematado dentro del proceso ejecutivo, declarando la autoridad recurrida improbada dicha tercería, la que al ser apelada se encuentra en estado de resolución y que al haber emitido el Juez recurrido -no obstante de encontrarse impedido de reasumir el proceso- mandamiento de desapoderamiento, vulneró sus derechos a la garantía al debido proceso, a la seguridad jurídica y a la propiedad. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.