APRUEBA EL
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 inc. 4), concordante con el art. 33.I inc. 1) de la LTC, APRUEBA EL RECHAZO de la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad interpuesta por José Luis Paredes Muñoz, mediante Resolución 156/2006, de 28 de septiembre, cursante de fs. 7 a 9, pronunciada por Salvador Romero Ballivián, Amalia Oporto de Iriarte y Jerónimo Pinheiro Lauria, Presidente, Vicepresidenta y Vocal de la Corte Nacional Electoral, respectivamente.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II. ANÁLISIS DEL RECURSO
- ya se ha procedido a la cancelación de la personería jurídica del Partido Político PLAN PROGRESO “PP”, mediante Resolución 151/2006, de 4 de septiembre
- las resoluciones de la Corte Nacional Electoral son inapelables
- APRUEBA EL
