Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0956/2006-R
Fecha: 02-Oct-2006
II.7.
II.7. Por Auto de Vista de 19 de septiembre de 2005, los Vocales ahora recurridos admitieron y declararon procedente el recurso de apelación incidental planteada por el Fiscal, dejando sin efecto la devolución de semovientes ordenada, con el fundamento de que el a quo infringió el art. 255.I.1 del CPP, pues contra el imputado se formuló imputación formal por el delito de legitimación de ganancias ilícitas, por lo que únicamente se encuentra habilitado para fundar su incidente en la causal descrita y que en todo caso a la conclusión de la etapa preparatoria o en sentencia deberá resolverse la situación de los bienes incautados (fs. 40).