Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2006-R
Fecha: 23-Oct-2006
II.5.
II.5. Por mandamiento de detención formal de 8 de septiembre de 2006 (fs. 31), a requerimiento del Fiscal Militar, el Tribunal Permanente de Justicia Militar, ordenó la detención formal del recurrente, orden en la cual se hace constar que es emitida “dentro del fenecido Proceso Penal Militar seguido en su contra” (sic).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de hábeas corpus
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- las normas procesales contenidas en el Código de Procedimiento Penal Militar que entró en vigor en forma anterior a la vigencia plena del Código de Procedimiento Penal, han quedado abrogadas en virtud de la citada Disposición Final Sexta del Código de Procedimiento Penal
- III.2.
- III.3.
- APROBAR