SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2006-R

Fecha: 30-Oct-2006

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Alternativamente y después de seis meses del primer Auto de Apertura de Proceso administrativo, se les notificó con un requerimiento fiscal de inicio de investigación, a denuncia planteada por el correcurrido Director del Hospital General San Juan de Dios por los supuestos delitos de incumplimiento de deberes en la compra y proceso de contratación de un equipo autoclave, es decir “por el mismo hecho, objeto y sujetos procesales del proceso administrativo iniciado por SEDES” (sic). Aclaran que se sometieron a la investigación penal referida para demostrar su inocencia y la inexistencia del delito denunciado.

Por último, señalan que vulnerando sus derechos, el nombrado correcurrido, Director del Hospital General San Juan de Dios presentó nueva denuncia ante el SEDES de Oruro por la compra del equipo autoclave, dando lugar a que el Director del SEDES correcurrido, instruya nuevo proceso administrativo, originando que el Sumariante del SEDES, también correcurrido, abra nuevo proceso administrativo, tal como se comprueba del Auto de Apertura de Proceso de 17 de agosto de 2006, es decir que se inició otro proceso por el mismo hecho denunciado anteriormente, con los mismos sujetos procesales y todo en forma idéntica al primer proceso administrativo. Por ese motivo es que se apersonaron a este segundo proceso y solicitaron el archivo de obrados por estarse vulnerando el principio non bis in idem, haciendo notar que aún existían dos procesos pendientes de resolución. A esos argumentos, el Sumariante del SEDES correcurrido, mediante providencia de 24 de agosto de 2006 dispuso que no ha lugar, en razón a que el proceso anterior de referencia cuenta con Resolución final ejecutoriada.