II.14.
II.14. Por decreto de 3 de septiembre de 2005, a solicitud de Guido Nayar Parada, el Tribunal de amparo dispuso que se eleve en revisión a este Tribunal el Auto de 12 de marzo de 2005, por el que se anuló obrados (fs. 740 vta.), que recién fue remitido el 30 de junio de 2006 (fs. 757). Mediante proveído de 6 de julio de 2006, este Tribunal señaló que no corresponde la revisión y ordenó la devolución del expediente (fs. 758).
