Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2006-ECA
Fecha: 13-Nov-2006
II.4.
II.4. Finalmente, se concluye que al haber sido claramente expresados los fundamentos que sustentan la SC 1070/2006-R, y por ende, las razones por las cuales este Tribunal en grado de revisión concluyó en la necesidad de aprobar la Sentencia pronunciada por el Tribunal de origen, para declarar la improcedencia del recurso de amparo, por incumplimiento de requisitos insubsanables previstos en el art. 97.III y IV de la LTC, no corresponde, realizar explicación, complementación o enmienda alguna.