Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2006
Fecha: 19-Dic-2006
II.1.
II.1. El proceso ejecutivo seguido por Roly Aldana Castellón contra Jaime Miranda Yépez y Javier Rodrigo Miranda Caldos -esposo de la ahora recurrente- se inició con la demanda presentada el 31 de julio de 2003 (fs. 71 a 72); a cuya consecuencia, el Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil y Comercial de la capital dictó la Sentencia 274/03, el 19 de septiembre de 2003, declarando probada la demanda y disponiendo que se prosiga con el trámite hasta el remate de los bienes embargados o que se embargasen, para que con su producto se cancele la suma adeudada $us4000.- (Cuatro mil dólares estadounidenses), más intereses y costas (fs. 79 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- respecto a las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia
- apelaciones en ejecución de sentencia
- la autoridad judicial incurre en retardación de justicia,
- III.4.