Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0101/2006
Fecha: 19-Dic-2006
II.4.
II.4. Remitido el cuaderno de apelación ante el Juez de Partido de Turno en lo Civil y Comercial (fs. 229), mediante decreto de 27 de junio de 2006, se radicó la causa en el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial (fs. 230 vta.), procediéndose a decretar “Autos” el 1 de agosto de 2006 (fs. 238).
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- respecto a las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia
- apelaciones en ejecución de sentencia
- la autoridad judicial incurre en retardación de justicia,
- III.4.