Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1216/2006-R
Fecha: 01-Dic-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que se han vulnerado sus derechos a la libertad, a la defensa y la garantía del debido proceso, porque la autoridad judicial recurrida en la audiencia de prosecución de debates dentro del proceso penal seguido en su contra y otros, dispuso su detención preventiva en su ausencia y en una audiencia destinada a otro propósito, disponiendo su notificación; sin embargo, la diligencia se efectuó en un supuesto domicilio procesal, sin considerar que estaba sometido a detención domiciliaria en otro proceso, y que la notificación debió practicarse en forma personal de acuerdo al art. 163 del CPP. Corresponde considerar lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.