SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/2006-R

Fecha: 08-Dic-2006

i)

La recurrente alega que se ha vulnerado el derecho de su representada a la libre locomoción y la garantía del debido proceso, pues: i) el Fiscal recurrido, José Villarroel Barrios por Resolución 37/06, rechazó su denuncia argumentando que era calumniosa, falsa y temeraria, sin dar cumplimiento a lo previsto en los arts. 301 y 302 del CPP. ii) el correcurrido representante del Ministerio Público, Luis Antonio Finni Demarch: a) ante una irregular ampliación de denuncia ordenó su notificación para prestar su declaración, señalando audiencia para el 7 de noviembre de 2006, cuando el plazo para la investigación se cumplía el 27 de octubre; b) pese a su solicitud de suspensión de audiencia, dispuso que debía prestar su declaración en los términos previstos en el art. 224 del CPP; y c) por requerimiento de 8 de noviembre de 2006, ordenó la emisión de mandamiento de aprehensión sin fundamentación de acuerdo a los arts. 124, 224 y 226 del CPP. iii) ambos Fiscales tienen conocimiento de la existencia de dos procesos, por lo que no pueden existir causas distintas sin ser acumuladas, de acuerdo a los arts.  67 y 68 del CPP, pues de denunciante pasó a ser denunciada, sin considerarse los arts. 4 y 40.9 de la LOMP. Corresponde considerar en revisión lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.