SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1267/2006-R

Fecha: 12-Dic-2006

II.5.

II.5.  El 29 de julio de 2005, Carlos Sejas Calicho, presentó apelación incidental del auto 351/2005 (fs. 501 a 505 vta.), que mereció la Resolución 224/2005, de 16 de septiembre del referido año, dictada por la Sala Penal Tercera, conformada por los Vocales hoy recurridos, por la que fue revocado el auto impugnado, declarando probada la excepción de incompetencia planteada contra el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal Cautelar para conocer la causa penal, disponiendo la remisión de obrados al Juez de Partido en lo Civil, previo sorteo de la causa con el fundamento de que en el caso de análisis la discusión radica si los hechos  corresponden o no a la jurisdicción civil al tratarse de un contrato de compra venta, cuyos efectos están regulados por los arts. 519, 520, 521, en relación con los arts. 584, 585, 611, 636 y concomitantes del CC, al haber emergido obligaciones para las partes (fs. 512 a 514).