Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1283/2006-R
Fecha: 14-Dic-2006
II.2.
II.2. Mediante memorial de 18 de enero de 2006, presentado en la secretaría del Concejo Municipal, Gregoria Torrico Soria y Lidia Guzmán Loza, Concejalas Municipales promovieron moción de voto constructivo de censura (fs. 2 a 5), la que fue admitida en la misma fecha (fs. 201 y 206 a 209), siendo notificado el Alcalde Municipal, ahora recurrente, con el memorial de censura y su admisión, en la misma fecha, cual consta por la notificación en la que se consigna que se rehusó a firmar (fs. 202).