SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1303/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1303/2006-R

Fecha: 18-Dic-2006

III.2.

III.2. En el recurso interpuesto se evidencia que el recurrente plantea revisar la interpretación  realizada por el Tribunal Agrario, en cuanto al cómputo de los plazos procesales; sin considerar que la jurisprudencia constitucional en cuanto al control de la interpretación de la ley por los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria , es excepcional y sólo  opera cuando existe lesión en la interpretación a los principios, valores  y derechos que prevé la Constitución, más aún cuando el recurso de amparo constitucional no es una instancia adicional a las previstas en el ordenamiento jurídico, cual si fuere otro recurso de casación. Circunstancias que impiden entrar a considerar el fondo del recurso.